Nuevo impulso a la matanza de animales: aprobado el decreto para el exterminio de animales considerados «invasores»

especies-llamadas-invasoras

El pasado 2 de agosto se aprobó el Real Decreto 630/2013 por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas “invasoras“ (este ha derogado el anterior Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre sobre esta cuestión).[1]

Lo que este Real Decreto significa es que los animales listados en este catalálogo serán susceptibles de sufrir lo que se llama “erradicación”. En el texto no se dicen las cosas explícitamente, se utilizan eufemismos, pero la definición que se da de “erradicación” es clara: “proceso tendente a la eliminación de toda la población de una especie”. Esto supone que se llevarán a cabo matanzas masivas de animales, que de hecho ya han comenzado. Un ejemplo de estas es el de de la matanza de lobos hibridados con perros ,[2] contra la que ya se han llevado a cabo distintas protestas.

Ya anteriormente en este blog se ha comentado este tema. Y como se dijo entonces, entre los animales incluidos en el nuevo catálogo de “especies invasoras” se encuentran animales muy distintos, que incluyen a los mapaches, las cotorras argentinas, los visones americanos, las malvasías canelas, los coatís, los coipús, los murciélagos frugívoros, o los erizos orejudos, entre muchos otros. Todos estos serán susceptibles de ser matados. Y en esta situación también se verán los animales que se hayan escapado de las granjas, los perros asilvestrados, o sus híbridos (por ejemplo, lobos que se hayan mezclado con perros). El Real Decreto indica explícitamente sobre esto que se encontrarán en tal situación los siguientes animales:

“a) Los ejemplares híbridos que se encuentren en libertad en el medio natural. b) Los ejemplares de los animales de compañía, animales exóticos de compañía, domésticos y de producción asilvestrados.”[3]

cotorras

La explotación animal: un límite a la medida que muestra su especismo

Las posiciones especistas defendidas por quienes promueven la matanza de estos animales se ponen de manifiesto porque jamás se procedería de esta manera si en lugar de animales no humanos estuviésemos hablando de seres humanos. Y ello a pesar de que los seres humanos transforman mucho más los ecosistemas en los que se encuentran que los animales no humanos que con esta medida se van a matar, como de hecho aceptan quienes hablan de ciertos animales en términos de “invasión”.

Una muestra del especismo de esta medida la podemos ver cuando comprobamos que la lucha contra las especies catalogadas como invasoras termina allí donde hay un interés económico en la explotación de los animales. Esto es, el hecho de que los animales tengan un interés en no ser matados no es una razón para que no lo sean por motivos ecológicos. Ahora bien, que los seres humanos tengan un interés en explotarlos sí es una razón para evitar tal medida. Dado que el interés en que no te quiten la vida es mucho más importante que el interés en poder llevar adelante una cierta actividad económica o recreativa, podemos ver que esta medida está marcada claramente por una actitud especista.

Esto se ve claramente cuando vemos que en el propio decreto se indica:

“El presente real decreto no se aplicará a:
… Los recursos pesqueros regulados por la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.
… Los recursos zoogenéticos para la agricultura y alimentación, que se regirán por su normativa específica.”[4]

Esto supone, por ejemplo, que aunque se considere a los visones americanos una especie a erradicar, y se prescriba su matanza si se encuentran en el medio salvaje, no se prohíba la cría de visones americanos. ¿Por qué? Debido a que es una actividad económica rentable para quienes la llevan a cabo.

Y otro ejemplo, explicitado de manera particular, lo constituye el caso de los cangrejos rojos, sobre los que se dice: “[este real decreto no será de aplicación a la comercialización de cangrejo rojo destinados a la industria alimentaria, de acuerdo con el artículo 1.2 del presente real decreto, que se regirán por la correspondiente normativa en materia de sanidad y consumo.”[5]

Pero esto no solo sucede en el caso de estos animales. Como se ha indicado arriba, lo mismo pasa en el de animales como perros asilvestrados. Se prescribe su matanza si se encuentran en libertad, pero no se prohíben los criaderos y tiendas de animales.

Asimismo, hay que apuntar que precisamente una razón para que se reforme el decreto anterior de 2011 con este nuevo es la de excluir de él a ciertos animales. Como se dice en el nuevo decreto, estos cambios se han dado para evitar “los efectos no deseables que producía ese real decreto” [6] (esto es, que afectaba al interés en llevar a cabo ciertas formas de explotación animal).

El caso más claro de esto lo constituye la excepción que se hace con peces que hay un interés en pescar. El ejemplo de esto más notable (aunque hay otros, como el del siluro o el de la trucha arco iris) seguramente sea el de la perca negra, también conocida como black bass. Esta fue introducida en distintos ríos del territorio español debido a que es un pez que lucha mucho por su vida e intenta escapar como sea cuando muerde el anzuelo, motivo por el que su captura proporciona mucho entretenimiento a los pescadores.

Este es un animal que según ecologistas y autoridades cumple los requisitos para ser considerado “invasor”, por lo que inicialmente se consideró incluirla en el catálogo. Ante esto, distintas comunidades autónomas y colectivos de pescadores como la propia Federación Española de Pesca protestaron y presentaron recursos contencioso-administrativos. El Tribunal Supremo les dio la razón, y a día de hoy ya no se consideran invasores a estos animales.

Por último, hay que indicar que este decreto prescribe que se maten ciertos animales alóctonos, continúa aceptando su introducción haya un interés económico en ello. Esto sucede, en particular, en el caso de la introducción de animales para su caza o su pesca. Se dice con toda claridad en el decreto: “[s]e permitirá, previa autorización administrativa, las sueltas con especies alóctonas no catalogadas objeto de aprovechamiento piscícola o cinegético”.[7]

Es cierto que se dice que esto ha de hacerse con unos estudios previos, pero la evaluación que se hará de estos será con toda seguridad dependiente del interés en explotar a los animales en cuestión. Se dice en el decreto: “[s]ólo se autorizará la liberación por vez primera de una especie alóctona no incluida en el catálogo, en el caso de contar con un análisis de riesgos favorable y una autorización previa administrativa de la autoridad competente en medio ambiente.”[8] Ahora bien, la cuestión sobre esto es que es evidente que hay un contraste entre la actitud mantenida a este respecto (aceptando riesgos por conveniencia para los seres humanos), con la posición a favor de la matanza de animales que no da ninguna consideración a los intereses de los animales.

En definitiva, hay que decir sobre esto que es positivo para toda una serie de animales no ser considerados “invasores”, pues esto les salvará a muchos de ellos de ser matados. Pero el tipo de excepciones que se han realizado son interesantes pues muestran hasta qué punto es especista esta medida, que impone criterios ecologistas sobre los intereses vitales de los animales no humanos a pesar de que no acepta defenderlos si hay intereses secundarios humanos contrapuestos.

Esto muestra un doble rasero que si rechazamos el especismo no es posible aceptar, y que muestra las diferencias y oposición existente entre las posiciones ecologistas y la defensa de los animales.

mapaches

Quienes pueden sufrir y disfrutar son los animales sintientes, no los ecosistemas

El asunto de fondo que está en cuestión aquí es, en fin, si es aceptable no tener en cuenta los intereses de los animales. Y hay razones de peso para rechazar que sea así. A la hora de respetar a alguien lo importante es que sea sintiente, esto es, que tenga la capacidad de sufrir y disfrutar. Esta es poseída por los animales, lo cual nos da motivos para tener sus intereses en cuenta.

Sin embargo, esa no es una capacidad que posean los ecosistemas como tales, puesto que no son individuos sintientes. De este modo, la defensa de la conservación de los ecosistemas no puede basarse en las mismas ideas sobre las que podemos defender una consideración para nosotros y nosotras como individuos.

Por otra parte, la búsqueda de la conservación de los ecosistemas como fin en sí mismo es también problemática por otros motivos. A lo largo de la historia evolutiva los distintos ecosistemas no permanecen estables todo el tiempo. La idea de que existe un equilibrio ecológico continuo, que mucha gente tiene en mente todavía a día de hoy, es simplemente falsa. Por el contrario, los distintos ecosistemas se encuentran en un continuo proceso de cambio. Ello se puede percibir en el hecho de la evolución. Muchos de los animales que hoy podemos ver no existían hace cientos de miles de años. Las variaciones en las variedades de animales se dan de la mano de las variaciones y destrucciones de ecosistemas. En un cierto ecosistema nuevos animales pueden ocupar un cierto lugar de manera que se dé un cambio en él. Por ello, hay siempre un punto de arbitrariedad al tomar como referente de lo que sería un medio deseable un cierto ecosistema dado, cuando este ya ha sufrido transformaciones. No hay nada mágico que haga especial a un ecosistema en un momento dado en lugar de a otro ecosistema resultado de los cambios dados en el anterior.

Un caso interesante para ver esto es el de los caballos asesinados a día de hoy en Norte América.  Esta es una medida semejante a la tomada en el territorio español con las llamadas “especies invasoras”. Su objetivo, entre otros, es el de recrear los ecosistemas existentes antes de la introducción de estos animales en el continente americano por parte de los colonos europeos. Lo curioso del caso es que el motivo por el que no había caballos en América cuando llegaron los europeos es que los primeros seres humanos que llegaron a este continente los exterminaron, pues había caballos antes de que hubiese humanos en América.

En el territorio español hay también ejemplos significativos de esto. Podemos pensar en el caso de las ginetas. Estas son animales que viven en toda una serie de ecosistemas de la Península Ibérica y el sur de Francia a pesar de ser animales traídos desde África (posiblemente por los romanos, quizás durante el medievo). Por fortuna para estos animales no se plantea su matanza. Pero su caso nos muestra hasta qué punto es más o menos arbitraria la definición de qué animales es “aceptable” tener en un ecosistema y cuáles no en función de su procedencia.

Un artículo muy recomendable que clarifica muy bien esta cuestión con toda una serie de ejemplos de matanzas de animales con fines ecologistas es este:

Shelton, Jo-Ann, “Killing Animals that Don’t Fit In: Moral Dimensions of Habitat Restoration”, Between the Species, 13/4, 2004, 1-21.

Otro trabajo de interés que recomiendo sobre esto, que explica las diferencias entre ecologismo y antiespecismo que subyacen a este tipo de discusiones se puede ver aquí:

Faria, Cátia, “Sobre o bem de tudo e de todos: a conjunção impossível entre ambientalismo e libertação animal”, Ágora: Papeles de Filosofía, 30/2, 2011, 27-41.

Hay quienes pueden pensar que la existencia de animales de especies catalogadas como “invasoras” puede causar un daño a los propios animales al propiciar la muerte de muchos estos. Ante esto simplemente hay que apuntar que la realidad es que los animales siempre están sufriendo y muriendo en la naturaleza, también cuando no existen animales foráneos. Como se explica en más detalle en el texto que podéis ver en este enlace,  la manera de intervenir en favor de estos animales no es mediante la matanza de los animales foráneos, sino buscando formas de ayudarles mediante una acción que tienda no al fomento de los fines medioambientales, sino de aquello que va en beneficio de los animales (combatiendo los daños que estos padecen en aquellos casos en los que sea posible, como ya sucede de hecho en toda una serie de casos, cuando sufren y mueren por ejemplo por enfermedadesaccidenteshambreorfandad, peligros diversos, etc.).

La defensa de los animales frente a su matanza por motivos ecologistas

En definitiva, con esta medida estamos ante un nuevo impulso a las matanzas ecologistas de animales por motivos especistas. Ante esto ya ha habido una reacción entre quienes defienden a los animales, como podéis ver en la noticia que ha publicado sobre esto el Partido Animalista – PACMA.

De hecho, la lucha contra la matanza de animales con motivos ecológicos ya viene de años atrás. Ya en noviembre de 2010 el propio Partido Animalista avisó de que se estaba preparando una matanza de estos animales. Desde entonces se han llevado a cabo varias protestas por parte de distintas organizaciones como Igualdad Animal. Y se emitió asimismo un comunicado conjunto de numerosas organizaciones en defensa de los animales en defensa de los animales víctimas de este exterminio, en réplica al comunicado contrario, a favor de la matanza ecologista de animales, firmado entre otras organizaciones por Unipesca, SEO/Birdlife, Ríos con Vida, Greenpeace, Amigos de la Tierra o WWF.

El Partido Animalista también presentó alegaciones frente a esta medida, que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ignoró. De hecho, el Partido Animalista ha sido el único partido que ha luchado contra esta matanza de animales, impulsada por el PSOE y refrendada por el PP ante el acuerdo o la indiferencia de otras fuerzas políticas a las que los animales no les importan. Esto es importante destacarlo, pues hay distintos partidos que intentan conseguir votos entre quienes defienden a los animales. Algo así ocurre en especial en el caso de ciertos partidos ecologistas. Sin embargo, casos como este muestran con claridad que no tienen ningún interés real en proporcionar a los animales la defensa que verdaderamente necesitan. Afortunadamente cada vez más va tomando consciencia de esto y de la necesidad de que todos los animales con la capacidad de sufrir y disfrutar sean realmente respetados, y apoyan a las organizaciones que sí los defienden y rechazan matanzas de animales como esta.


[1] Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, “Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras”, Boletín Oficial del Estado, 185, 3 de agosto de 2013, 8565, 56764-56786, p. 56776.

[2] Otros ejemplos son los de las matanzas de malvasías canelasmuflones o mapaches y cotorras.

[3] Ibid., p. 56776.

[4] Ibid., p. 56767.

[5] Ibid., p. 56777.

[6] Ibid., p. 56765.

[7] Ibid., p. 56779.

[8] Ibid., p. 56771.

4 comentarios sobre “Nuevo impulso a la matanza de animales: aprobado el decreto para el exterminio de animales considerados «invasores»

  1. me parece un acto tan injusto debido a que esos animales no nos hacen nada nosotros tampoco a ellos ellos igual que nosotros tiene derecho a vivir o sino venga cojo y los mato a ver que van a sentir a ver si me voy a divertir pues créanme que eso o es muy divertido y digo que las personas que conforman el circulo político son unas personas que no tienen valores ni los pantalones suficientes para tomar una buena decisión para un país y así siguen pidiendo que halla paz no pues si ni siquiera podemos con unos animalitos como sera con los seres humanos PD: no sirven ni pa un carajo los que tomaron esas decisión. gracias por nada. 

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